¿Reglamentación lleva tilde?

¿Dónde lleva acento Reglamentación?

La palabra Reglamentación lleva tilde, es aguda y tiene la vocal tónica en la "o".

Reglamentación es un término que si debe tener una tilde al ser escrito y en su pronunciación fonética, el mayor golpe de voz deberá hacerse en la sílaba tónica.

A su vez, se debe tener en cuenta que este análisis no indica si es una palabra que presente algún significado en el castellano. Es decir, únicamente se realiza un estudio del cumplimiento de las reglas de acentuación existentes para el término Reglamentación.

Regla de acentuación de Reglamentación

Todas las palabras agudas acabadas en "n", "s" o vocal llevan tilde.

Para determinar la acentuación de esta palabra se realiza un analisis del acento prosódico con vocal tónica en la letra "i". Por lo tanto, se concluye que el término Reglamentación si lleva acento.

Características semánticas de Reglamentación

Realizando un análisis sintáctico del vocablo Reglamentación se observa que presenta las siguientes características:

  • Esta formado por 5 sílabas.
  • Sílabas: re - gla - men - ta - ción
  • Esta formado por 14 letras.
  • La acentuación de Reglamentación es del tipo aguda.

¿Para qué sirve la acentuación de las palabras?

El uso de los signos de acentuación permiten que al escribir y leer se logren los siguientes objetivos:

  • Indicar la existencia de sílabas tónicas, que permiten indicar la entonación y pronunciación de una palabra. En el caso de Reglamentación existe una vocal tónica en la "o".
  • Distinguir el significado de palabras que se diferencian entre sí por la existencia o no de un acento. Por ello, es recomendable conocer si existen diferentes significados cuando Reglamentación lleva tilde y cuando no tiene acento para poder realizar una correcta entonación o uso de este término o términos similares.

 

Reglamentación lleva tilde

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